jueves 28 de mayo de 2009
martes 26 de mayo de 2009
sábado 16 de mayo de 2009
Comunicando nuestra preocupación a Don Leonel Fernández Reyna, presidente de República Dominicana.
Jueves 14 de Mayo 2009.
Líderes del movimiento de mujeres, así como las representantes de C28 grupo focal Perú, expresamos mediante carta dirigida al presidente de República Dominicana, nuestra preocupación por aprobación del art.30, que modifica la constitución actual del país, e instaura “El derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte”, poniendo en riesgo los derechos humanos de las mujeres de este país hermano. Ver documento abajo:
Líderes del movimiento de mujeres, así como las representantes de C28 grupo focal Perú, expresamos mediante carta dirigida al presidente de República Dominicana, nuestra preocupación por aprobación del art.30, que modifica la constitución actual del país, e instaura “El derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte”, poniendo en riesgo los derechos humanos de las mujeres de este país hermano. Ver documento abajo:
lunes 11 de mayo de 2009
España libera la venta de la píldora del día después
La píldora del día después estará próximamente en venta libre, sin receta, en todas las farmacias españolas, anunció la ministra de Sanidad, Trinidad Jiménez.
El gobierno no quiere que sea "un método anticonceptivo más", pero sí pretende facilitar el acceso a esta píldora para "situaciones de emergencia", afirmó Jiménez en una conferencia de prensa conjunta con la ministra de Igualdad, Bibiana Aido.
La medida, ya puesta en práctica en otros países europeos como Francia, será aplicada de aquí a tres meses, añadió la ministra, precisando que el gobierno perseguía el fin de limitar el número de embarazos no deseados y el número de abortos.
La píldora del día después, contraconceptivo de urgencia para utilizar las 72 horas posteriores a una relación sexual sin protección, por ahora se consigue en España bajo receta.
El número de abortos practicados en España se duplicó entre 1998 y 2007, según las últimas cifras difundidas por el ministerio de Sanidad.
El gobierno socialista tiene previsto liberalizar la ley sobre el aborto para hacerla totalmente legal, condicionado a un plazo del embarazo, como es el caso en la mayoría de los países europeos.
Este proyecto desató el rechazo a ultranza de los medios católicos y antiabortistas españoles. Decenas de miles de personas que reivindican el "derecho a la vida" se manifestaron a finales de marzo en Madrid contra el proyecto.
Actualmente, el aborto está autorizado en España en caso de violación en un plazo máximo de 12 semanas de embarazo, en caso de malformación de feto (22 semanas) o en caso de "peligro para la salud física o síquica de la madre" (sin limitaciones de tiempo).
Esta última disposición es la que se evoca en una aplastante mayoría de las interrupciones voluntarias de embarazo realizadas en España.
Fuente: http://www.pagina12.com.ar/diario/ultimas/20-124719-2009-05-11.html
El gobierno no quiere que sea "un método anticonceptivo más", pero sí pretende facilitar el acceso a esta píldora para "situaciones de emergencia", afirmó Jiménez en una conferencia de prensa conjunta con la ministra de Igualdad, Bibiana Aido.
La medida, ya puesta en práctica en otros países europeos como Francia, será aplicada de aquí a tres meses, añadió la ministra, precisando que el gobierno perseguía el fin de limitar el número de embarazos no deseados y el número de abortos.
La píldora del día después, contraconceptivo de urgencia para utilizar las 72 horas posteriores a una relación sexual sin protección, por ahora se consigue en España bajo receta.
El número de abortos practicados en España se duplicó entre 1998 y 2007, según las últimas cifras difundidas por el ministerio de Sanidad.
El gobierno socialista tiene previsto liberalizar la ley sobre el aborto para hacerla totalmente legal, condicionado a un plazo del embarazo, como es el caso en la mayoría de los países europeos.
Este proyecto desató el rechazo a ultranza de los medios católicos y antiabortistas españoles. Decenas de miles de personas que reivindican el "derecho a la vida" se manifestaron a finales de marzo en Madrid contra el proyecto.
Actualmente, el aborto está autorizado en España en caso de violación en un plazo máximo de 12 semanas de embarazo, en caso de malformación de feto (22 semanas) o en caso de "peligro para la salud física o síquica de la madre" (sin limitaciones de tiempo).
Esta última disposición es la que se evoca en una aplastante mayoría de las interrupciones voluntarias de embarazo realizadas en España.
Fuente: http://www.pagina12.com.ar/diario/ultimas/20-124719-2009-05-11.html
Sancionan en Colombia primer hospital que se negó a realizar aborto legal
12:29 El centro médico apeló a su “conciencia institucional” para no intervenir a la mujer. Su feto tenía graves malformaciones
*Bogotá (EFE)*. El hospital de los jesuitas en la capital colombiana fue sancionado por haberse negado a interrumpir el embarazo de una mujer cuyo feto presentaba graves malformaciones, que es una de las tres causales de aborto en el país, dijeron hoy fuentes no gubernamentales de Bogotá.
La sanción es la primera que por este motivo se impone en Colombia y recayó en el Hospital San Ignacio, que a finales del año pasado recurrió a la objeción de conciencia institucional para no realizar la intervención médica
La organización internacional de derechos humanos Women’s Link Worldwide (WLW) en Colombia precisó en un comunicado que la decisión la adoptó la Secretaría Distrital de Salud (SDS) de Bogotá, que multó al centro asistencial con unos 11,53 millones de pesos (poco más de 5.165 dólares).
La SDS mantuvo en reserva la sanción, que tiene fecha del pasado 26 de noviembre, pero se vio obligada a informar de ella a la WLW, que recurrió a un recurso constitucional para que se le informara de las medidas que había adoptado, dijo la directora de programas de la organización no gubernamental, Mónica Roa.
“No fue comunicada públicamente y nosotros, a través de un derecho de petición, logramos saber en qué estado estaba el proceso, y de eso nos enteramos recientemente”, precisó Roa.
*CONTRAVINO LA LEY*
El precedente es muy importante, continuó, por cuanto “es la primera sanción que impone una secretaría de salud y, además, es la primera vez que se pone una sanción por el abuso con la objeción de conciencia institucional, que no es procedente, por cuanto solo puede ser personal”.
Asimismo, es importante “porque le fue negado el derecho a la mujer de interrumpir un embarazo cuando el caso cabía dentro de las circunstancias legales”, señaló la directora de programas de WLW.
El aborto en Colombia estuvo prohibido en todos los casos hasta 2006, cuando la Corte Constitucional de Colombia espenalizó la interrupción del embarazo en los casos de malformación del feto, riesgo de muerte de la mujer y violación de la mujer.
La sentencia se derivó de una demanda contra la prohibición total en el código penal del país interpuesta por la WLW.
En el caso de esta sanción, la mujer hizo uso de recursos legales para que el aborto le fuera practicado en el Hospital San Ignacio, que está adscrito a la Pontificia Universidad Javeriana.
Los recursos no prosperaron, y ella debió buscar la asistencia en otro centro médico, donde fue intervenida.
*Bogotá (EFE)*. El hospital de los jesuitas en la capital colombiana fue sancionado por haberse negado a interrumpir el embarazo de una mujer cuyo feto presentaba graves malformaciones, que es una de las tres causales de aborto en el país, dijeron hoy fuentes no gubernamentales de Bogotá.
La sanción es la primera que por este motivo se impone en Colombia y recayó en el Hospital San Ignacio, que a finales del año pasado recurrió a la objeción de conciencia institucional para no realizar la intervención médica
La organización internacional de derechos humanos Women’s Link Worldwide (WLW) en Colombia precisó en un comunicado que la decisión la adoptó la Secretaría Distrital de Salud (SDS) de Bogotá, que multó al centro asistencial con unos 11,53 millones de pesos (poco más de 5.165 dólares).
La SDS mantuvo en reserva la sanción, que tiene fecha del pasado 26 de noviembre, pero se vio obligada a informar de ella a la WLW, que recurrió a un recurso constitucional para que se le informara de las medidas que había adoptado, dijo la directora de programas de la organización no gubernamental, Mónica Roa.
“No fue comunicada públicamente y nosotros, a través de un derecho de petición, logramos saber en qué estado estaba el proceso, y de eso nos enteramos recientemente”, precisó Roa.
*CONTRAVINO LA LEY*
El precedente es muy importante, continuó, por cuanto “es la primera sanción que impone una secretaría de salud y, además, es la primera vez que se pone una sanción por el abuso con la objeción de conciencia institucional, que no es procedente, por cuanto solo puede ser personal”.
Asimismo, es importante “porque le fue negado el derecho a la mujer de interrumpir un embarazo cuando el caso cabía dentro de las circunstancias legales”, señaló la directora de programas de WLW.
El aborto en Colombia estuvo prohibido en todos los casos hasta 2006, cuando la Corte Constitucional de Colombia espenalizó la interrupción del embarazo en los casos de malformación del feto, riesgo de muerte de la mujer y violación de la mujer.
La sentencia se derivó de una demanda contra la prohibición total en el código penal del país interpuesta por la WLW.
En el caso de esta sanción, la mujer hizo uso de recursos legales para que el aborto le fuera practicado en el Hospital San Ignacio, que está adscrito a la Pontificia Universidad Javeriana.
Los recursos no prosperaron, y ella debió buscar la asistencia en otro centro médico, donde fue intervenida.
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