sábado 18 de abril de 2009

El Papa veta a Caroline Kennedy como embajadora de Obama

El tercer rechazo de un candidato confirma el choque de la Santa Sede con la Administración de EE UU por su postura ante el aborto y las células madre.

DAVID ALANDETE - Washington - 15/04/2009

El Vaticano desestimó recientemente los nombres de los tres candidatos que el presidente de EE UU, Barack Obama, quería proponer oficialmente como posibles embajadores ante la máxima instancia de la Iglesia católica, según han revelado el The Washington Times, de EE UU, e Il Giornale, de Italia. Entre ellos se encontraba Caroline Kennedy, hija del presidente fallecido en 1963 y firme defensora del derecho al aborto. La Santa Sede ha desmentido este extremo, a pesar de que los periódicos y la BBC citan fuentes de la curia romana.

El Vaticano: "No cumplen los requisitos mínimos en temas sociales y científicos"

Kennedy es, además de favorable al aborto, defensora de la investigación con células madre, al igual que el presidente Obama. Estos dos asuntos han sido los dos grandes puntos de fricción de la actual Administración con la jerarquía católica. La agencia católica de noticias CNA reveló la semana pasada que los candidatos con los que Obama había tanteado al Vaticano no cumplían los "requisitos mínimos" del Papa en materia de asuntos sociales y científicos, sobre todo, "por su posición sobre el aborto". Los otros dos nombres no han trascendido.

En Roma, Federico Lombardi, jefe de prensa del Vaticano, afirmó ayer que la Santa Sede "no ha recibido ninguna candidatura y por lo tanto no puede haber vetado a ningún candidato", informa Miguel Mora. Ha habido al menos tres ocasiones en el pasado reciente en las que la curia ha rechazado los nombres de candidatos a ocupar el puesto de embajador. El año pasado, Francia trató de nombrar al periodista Denis Tillinac, católico pero divorciado, y al diplomático Jean-Loup Kuhn-Delforge, abiertamente homosexual. Ambos fueron rechazados. También fue vetado el ex ministro de justicia argentino Alberto Iribarne, por estar divorciado.

El rechazo de esta lista de nombres es la última cuenta de un rosario de desavenencias que ha acabado con la relación privilegiada que George W. Bush tenía con Benedicto XVI y Juan Pablo II. En un giro radical sobre la política de su predecesor, al día siguiente de tomar posesión de su cargo, Obama firmó una orden ejecutiva (decreto) según la cual permitió que EE UU volviera a destinar fondos a aquellas ONG internacionales que facilitan abortos. El pasado 9 de marzo, además, levantó todas las restricciones financieras que Bush había impuesto sobre la investigación pública con células madre.

Por su oposición al aborto y al matrimonio gay, a Bush se le bautizó como "el primer presidente católico de EE UU", un apodo que buscaba ignorar el hecho de que John F. Kennedy, jefe de Estado entre 1961 y 1963, fue criado como católico pero llegó a la presidencia como un progresista en asuntos sociales.

Precisamente, su hija ha sido vetada ahora en Roma, según reveló ayer Il Giornale. La agencia CNA habló el pasado 9 de abril con un oficial del Secretariado de Estado del Vaticano, que dijo que alguien como ella, "obviamente, no daría un perfil adecuado". El hecho de que el Vaticano se estaba resistiendo a aceptar a los nominados trascendió la semana pasada, a través de una noticia de The Washington Times en la que se citaba al periodista italiano Massimo Franco, alguien con fuentes de solvencia en la curia romana. Éste reveló que, aunque no había habido un rechazo oficial, "asesores papales le dijeron al señor Obama en privado que sus candidatos no cumplían los requisitos más básicos del Vaticano en el asunto del aborto".

Kennedy fue uno de los grandes apoyos de Obama durante la campaña electoral, y se presentó para sustituir a Hillary Clinton en uno de los escaños del Estado de Nueva York en el Senado federal, aunque finalmente abandonó esta candidatura. Junto a su nombre, Obama barajó el de Douglas Kmiec, que fue jefe de las oficinas de asesoramiento legal con los presidentes Ronald Reagan y George Bush padre. Este respetado profesor de Derecho Constitucional es un experto en asuntos religiosos y se ha manifestado en el pasado contrario al aborto. CNA confirmó la semana pasada que su nombre no llegó a ser planteado en el Vaticano.

viernes 3 de abril de 2009

Diálogo feminista “Los Derechos del Concebido y la Regulación del Aborto”

Amigas y amigos:

Reciban un cordial saludo de la Campaña 28 de setiembre: Día por "La Despenalización" del Aborto en América Latina y el Caribe – Grupo Focal Perú.

La presente tiene como objetivo invitarlas/os al diálogo feminista sobre “Los derechos del concebido y la regulación del Aborto” que se llevará a cabo el día 14 de abril a las 7.00 p.m. en el local del CMP Flora Tristán, sito en Parque Hernán Velarde Nº 42, Cercado de Lima, entre cuadras 1 y 2 Av. Pettit Thouars).

Como es de conocimiento público, el Congreso ha determinado que el 5 de marzo se celebre el “día del niño por nacer”; decisión que contradice el carácter Laico que la Constitución peruana reconoce al estado desde el año 1979. Esta decisión política no es ajena a la actitud negativa que el Estado ha asumido frente a los derechos reproductivos de las mujeres. No olvidemos que hasta el momento está vigente una norma que regula el registro de concebido en el país, no se cumple con el dictamen del comité de Derechos Humanos en el caso K.L., no se aprueba el protocolo detención para acceder al aborto terapéutico y existe proyecto de ley que pretende restringir aún más el derecho al aborto terapéutico.


El diálogo se dará a partir de la reciente publicación; “El derecho a la vida del concebido y la regulación del aborto” que forma parte de la serie Justicia de Género y cuya autora es Jeannette Llaja. Se entregará la separata a la/os asistentes. Esperando contar con su gentil participación, hago propicia la ocasión para expresarle los sentimientos de mi especial consideración y estima.

Atentamente,

María Ysabel Cedano
Coordinadora Campaña 28 de setiembre
Grupo Focal Perú

PROHIBEN LA ANTICONCEPCION DE EMERGENCIA EN HONDURAS

Tegucigalpa, 1 de abril de 2009
Doctor Mario Luis Noé Villafranca - Presidente Colegio Médico Hondureño
Doctor Alfredo Farach - Colegio Químico Farmacéutico de Honduras
Doctor Arnoldo Zelaya - Presidente de la Sociedad de Gineco Obstetricia de Honduras
Doctor Carlos Roberto Aguilar - Secretario de Salud
Doctora Lilian Reneau Vernon - Representante de la Organización Panamericana de la Salud
Licenciada Doris - García Ministra del Instituto Nacional de la Mujer
Organizaciones de la sociedad civil respetuosas de los derechos humanos de las mujeres
Medios de comunicación de Honduras

Estimados/as Señores/as
Por este medio hacemos de su conocimiento que la tarde de hoy ha sido aprobada en el pleno del Congreso Nacional la iniciativa de ley para prohibir la promoción, comercialización y uso de las pastillas anticonceptivas de emergencia, presentada ante esa Cámara por las diputadas Nelly Jeréz (PN) y Martha Lorena Alvarado (PL). La ley en mención literalmente dice:
Artículo 1: Prohibir la promoción, el uso, venta, compra y cualquier política o programa relacionado con la Píldora Anticonceptiva de Emergencia (PAE), así como la distribución pagada o gratuita y comercialización de fármacos de anticoncepción de emergencia, en farmacias, droguerías o cualquier otro medio de adquisición
Artículo 2: Prohibir de igual manera, a través de las pastillas anticonceptivas de uso comercial la difusión por cualquier medio de la fórmula del método anticonceptivo de emergencia
Artículo 3: A quien contravenga las disposiciones del presente Decreto, se le aplicarán las penas establecidas para el delito de aborto conforme a lo estipulado en el Código Penal[1]
La aprobación de esta ley por parte del Congreso Nacional, en un solo debate, solicitado por el doctor en medicina Javier Hall, no solo muestra cómo desde esta cámara se constriñen los derechos y las libertades ciudadanas de la población, especialmente de las mujeres y sus parejas para evitar un embarazo no deseado, sino que además ejemplifica que se legisla con absoluta ignorancia de la evidencia científica, o bien haciendo uso de la manipulación maliciosa de parte de algunos/as diputados/as para lograr que sus apreciaciones fundamentalistas sean la regla a seguir por toda la sociedad hondureña.
Contrario a lo que aducen las promotoras de esta ley, la anticoncepción de emergencia es un producto anticonceptivo que en un momento determinado las mujeres y sus parejas utilizan cuando se enfrentan a la posibilidad de quedar embarazadas en un momento inoportuno en sus vidas, con lo cual se evita un embarazo no deseado e incluso, un aborto inseguro.
El uso de este método también es fundamental en el caso de las agresiones sexuales ya que todas ellas corren el riesgo de quedar embarazadas. En el caso de Honduras, solo en 2007, el Ministerio Público recibió más de 4,000 denuncias de abusos sexuales a mujeres, estimándose una tasa nacional de denuncias de abusos sexuales y violaciones de 203 abusos y violaciones por cada 100,000 mujeres[2]. Asimismo la Encuesta Nacional de Demografía y Salud (ENDESA 2006) estima una prevalencia de mujeres abusadas desde los 12 años de casi el 10%.
De otro lado, esta ley es contraria a Tratados o Convenios Internacionales son ley en nuestro país con rango constitucional, especialmente aquellos que son materia de derechos humanos, es decir, los Artículos 15, 16 párrafo segundo, 17 y 18 de la Constitución de la República. Contraviene además las siguientes leyes y convenciones:
· Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), Artículo 16 numeral 1, literal e);
· Convención sobre los Derechos del Niño, Artículo 24 inciso 2 literal f);
· Convención Americana de Derechos Humanos en el Artículo 12 numeral 3;
· Constitución de la República Artículo 76, 77, 111 y 145;
· Acuerdo de creación del Programa Nacional de Atención Integral a la Mujer;
· Normas de Atención Integral a la Mujer de la Secretaría de Salud;
· Normas de Atención Integral para los y las Adolescentes de la Secretaría de Salud;
· Ley General de la Administración Pública, en el Artículo 36, numeral 8 y Artículo 118, numeral 2; y
· Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo en el Artículo 67, numeral 1.
La Organización Mundial de la Salud (OMS), organismo especializado en salud de las Naciones Unidas integrado por 192 países, señala que los métodos de anticoncepción oral de emergencia “no descolocan un embrión ya implantado, y no pueden poner término a un embarazo ya establecido”[3] y han insistido en que las píldoras de anticoncepción de emergencia que contienen levonorgestrel previenen la ovulación y no tienen un efecto detectable sobre el endometrio cuando son administradas después de la ovulación; esto es, carecen de efecto abortivo. Por ello la OMS afirma que la anticoncepción oral de emergencia no es eficaz una vez que el proceso de implantación se ha iniciado y no provoca un aborto[4] .
Por todo lo anterior, hacemos un llamado a ustedes, representantes de la reserva científica en el país y de las organizaciones que promueven la democracia y los derechos humanos se pronuncien frente a estos hechos lamentables impulsados desde el Congreso Nacional y sus diputados.
Atentamente,
Centro de Derechos de Mujeres
Comité Latinoamericano y del Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer
Consorcio Latinoamericano de Anticoncepción de Emergencia
Red de Salud de las Mujeres Latinoamericanas y Caribeñas

[1] Las penas estipuladas en el Código Penal son de tres (3) a seis (6) años de reclusión si la mujer lo hubiese consentido; seis (6) a ocho (8) años de reclusión si el agente obra sin el consentimiento de la madre y sin emplear violencia o intimidación; ocho (8) a diez (10) años de reclusión si el agente emplea violencia, intimidación o engaño. Se impondrán las penas señaladas en el artículo anterior y la de multa de quince mil (L.15,000.00) a treinta mil (L.30,000.00) Lempiras al médico que, abusando de su profesión, causa o coopera en el aborto. Las mismas sanciones se aplicarán a los practicantes de medicina, paramédicos, enfermeros, parteros o comadronas que cometan o participen en la comisión de aborto.
[2] OPS. Perfil de Género y Violencia en Honduras, 2007.
[3] Organización Mundial de la Salud, 1998. Emergency Contracepction: A Guide to the Provision of Services, WHO/FRH/98.19, Ginebra.
[4] Organización Mundial de la Salud. Boletín Informativo-Marzo 2005.
http://www.who.int/reproductive-health/family_planning/es/ec_factsheet_es.pdf